Formación Artículo 19

La Ley de prevención de riesgos laborales establece, en su art.19, la obligatoriedad de la empresa de formar a sus trabajadores en riesgos laborales y medidas preventivas a adoptar para evitar accidentes.

El incumplimiento de esta obligación supone para la empresa responsabilidades y sanciones importantes, además de que la formación es una herramienta fundamental para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores y evitar accidentes laborales.

En este sentido, es necesario que la empresa informe al servicio de prevención de los trabajadores que no dispongan de esta formación, bien sea porque son de nueva incorporación, cambian de puesto de trabajo, tareas, equipos a usar, etc. para que sean debidamente formados.

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